jueves, 2 de junio de 2022

Entidades fiscalizadoras Superiores deben ser independientes de institución controlada

 

 

·       Declaración de Lima, guía a escala mundial para mejorar fiscalización

·       Establece ocho principios como ejes rectores en rendición de cuentas

·       Puntos clave de iniciativas de LXV Legislatura para mejorar auditorías

·       Evaluación sobre el desempeño de ASF, informe trimestral de evolución

·       Se busca que en contrataciones de obras públicas se evite corrupción

·       Que sean auditorías en tiempo real y acortar tiempos para fiscalización

 

Las Entidades Fiscalizadoras Superiores sólo pueden cumplir eficazmente sus funciones si son independientes de la institución controlada y se encuentran protegidas contra influencias exteriores, así lo establece La Declaración de Lima, la cual constituye una guía a escala mundial sobre los criterios para mejorar la fiscalización de los recursos públicos. Sus aspectos más importantes se resumen en ocho principios básicos.

El Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública presenta el Documento de trabajo número 368, titulado: Las iniciativas de reforma en materia de auditoría y fiscalización en el periodo de septiembre de 2021 a marzo de 2022 en Cámara de Diputados. El propósito de este estudio, elaborado por el investigador Omar Cortés Macías es analizar los procesos establecidos de auditoría y rendición de cuentas. Proporciona información relevante sobre las principales iniciativas de reforma en materia de fiscalización presentadas en la Cámara de Diputados en la actual LXV Legislatura. Incorpora datos de interés sobre la Declaración de Lima, con la finalidad de generar impactos de mejora en la Auditoría Superior de la Federación.

Considera que es importante tomar en cuenta lo que se determina en las convenciones del ámbito de la fiscalización como La Declaración de Lima que establece criterios básicos para que las naciones pueden hablar el mismo lenguaje, acoplarse al sistema internacional y compartir experiencias de éxito. Esta guía tiene 19 artículos y los aspectos más relevantes de la Declaración se resumen en ocho principios que son los ejes rectores en la rendición de cuentas.

Entre sus principios se establece la existencia de un marco constitucional, reglamentario o legal apropiado y eficaz, así como de disposiciones para la aplicación de facto de dicho marco. La independencia de la Autoridad Superior de la EFS y de los miembros, incluyendo la seguridad en el cargo y la inmunidad legal en el cumplimiento normal de sus obligaciones. 

En su artículo 5 señala que las Entidades Fiscalizadoras Superiores sólo pueden cumplir eficazmente sus funciones si son independientes de la institución controlada y están protegidas contra influencias exteriores. Aunque se aclara que una independencia absoluta respecto de los demás órganos estatales es imposible, por estar ella misma inserta en la totalidad estatal, las Entidades Fiscalizadoras deben gozar de independencia funcional y organizativa para el cumplimiento de sus funciones.

Se determina que las Entidades Fiscalizadoras Superiores y el grado de independencia deben regularse en la Constitución y los aspectos concretos podrán ser regulados por medio de leyes. Deben tener protección legal suficiente, garantizada por el Tribunal Supremo, contra cualquier injerencia en su independencia y sus competencias de control.

Por otra parte, entre los puntos importantes de las iniciativas de reforma presentadas durante la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados para mejoras en la auditoría en los entes de fiscalización, destaca la propuesta de modificación al artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a cargo de la diputada Lidia García Anaya, del Grupo Parlamentario de Morena. La finalidad es cumplir con la expectativa social respecto a la ASF, para que demuestre de manera clara sus logros y el trabajo en materia de fiscalización, por lo que se propone que la Cámara de Diputados evalúe el desempeño de la Auditoría Superior de la Federación y al efecto deberá presentar un informe trimestral sobre la evolución de sus trabajos de fiscalización.

La iniciativa que reforma el artículo 8° de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas (LOPSRM) en materia de recomendaciones de la ASF, a cargo del diputado Victoriano Wences Real, del Grupo Parlamentario del PT, su objetivo es lograr que las contrataciones de obras públicas se hagan con estricto apego a lo que en la materia disponen tanto la Constitución como la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas y demás legislación aplicable y evitar el riesgo de corrupción en materia de obra pública. Se busca establecer que la SFP considere las recomendaciones emitidas por la ASF con relación al proceso en que se definen las disposiciones administrativas necesarias para el adecuado cumplimiento de la LOPSRM.

La iniciativa que reforma el artículo 79 de la Constitución Política, suscrita por el diputado Iván Arturo Rodríguez Rivera e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN propone para lograr un eficiente y eficaz combate a la corrupción, la urgencia de adecuar el marco jurídico para que la ASF cuente con atribuciones para poder realizar auditorías en tiempo real que le permitan acortar los tiempos de fiscalización de los recursos públicos.

Documento completo: https://bit.ly/3IRox3A

 

Palabras clave:

Auditoría, fiscalización, Auditoría Superior de la Federación, rendición de cuentas, fiscalización en el ámbito legislativo, corrupción.  

 

Contacto:

Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, Subdirección de Opinión Pública

https://portales.diputados.gob.mx/CESOP

Responsable de la edición: Lic. Rocío Ramírez Morales

 

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