lunes, 17 de febrero de 2020

Desaparición forzada genera experiencia traumática para víctimas y familiares

Resultado de imagen para Desaparición forzada genera experiencia traumática para víctimas y familiares


  • En México existe crecimiento exponencial de esta práctica delincuencial 
  • Alrededor de 81 sitios con más de 200 fosas clandestinas y 337 cuerpos localizados en cinco meses 
  • Declaración especial de ausencia, establecida en ley, busca proteger derechos y bienes de desaparecidos


Ante el constante reclamo de justicia y reparación del daño de familiares de víctimas de desaparición forzada, práctica delincuencial que detona miedo y se ha constituido en delito de lesa humanidad, se estableció la figura legal de Declaración especial de ausencia, para proteger los derechos y patrimonio de las personas desaparecidas, así como establecer la guarda y custodia de los hijos menores de edad.

El Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública presenta el Documento de trabajo número 320. La figura legal de la declaración especial de ausencia. Contiene elementos importantes para el estudio de este tema, así como del problema de la desaparición forzada. Ofrece cifras de las personas desaparecidas e inhumadas en fosas clandestinas en el territorio nacional, por parte de la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) de la Secretaría de Gobernación.

La Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación establece que a partir del primero de diciembre de 2018 y hasta el 13 de mayo de 2019 fueron localizados al menos 81 sitios geográficos en el país en donde se ubican 222 fosas clandestinas que contienen 337 cuerpos de personas.

Datos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) señalan que entre 2007 y 2016 se contabilizaban 855 fosas y mil 548 cadáveres. A su vez, la Universidad Iberoamericana, el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores del Occidente (ITESO), así como la ONG denominada Datacívica y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) destacan que entre 2006 y 2016 se contabilizaron mil 608 fosas y 3 mil 40 osamentas. El Laboratorio de Investigación e Innovación Periodística A.C contabilizó mil 978 fosas y 2 mil 884 osamentas encontradas en el periodo de 2006 y 2016.

El desglose por entidad federativa de los cuerpos de personas desaparecidas inhumadas de forma clandestina en fosas en el mismo periodo referido es el siguiente: Colima 93 personas; Sinaloa 80 personas; Sonora 55; Nayarit 35; Jalisco 20; Veracruz 17; Guerrero 12;  Zacatecas 8, Michoacán 7; Puebla 4; Tamaulipas 2 y Durango, Estado de México, Guanajuato, Tabasco y Coahuila con una persona.

La Comisión Nacional de Búsqueda, actual instancia gubernamental encargada de atender el problema de personas desaparecidas a nivel nacional, dio a conocer que para enero de 2019 se acreditaron a través de huella dactilar 36 mil 708 personas fallecidas sin identificar en el país y junto a esa cifra se logró ubicar la identidad de más de 400 personas que se encontraban en calidad de desconocidas, algunas con más de 10 años sin identificar.

Previamente en noviembre de 2018 se contabilizaron 37 mil 435 personas desaparecidas en el  Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, aunque esta cifra tiene la posibilidad de incluir a las personas que fueron reportadas como desaparecidas desde 1968, sin especificar cuántas se han extraviado por voluntad propia, así como las personas desaparecidas que tienen relación con un crimen o si se trata de desaparición forzada.

Desde 2006, la entidad que se presenta mayor índice de desapariciones es Tamaulipas, seguida del Estado de México y posteriormente Jalisco. El Estado de México tiene mayor índice de mujeres desaparecidas o no localizadas.

Por otro parte, la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas expedida para los casos de violaciones a derechos de los desaparecidos y de sus familiares, permite la protección del patrimonio de la persona desaparecida y determina plazos para que pueda acceder a sus pertenencias. Garantiza la conservación de la patria potestad y protección de los derechos y bienes de los hijos menores de edad.

La figura legal de Declaración Especial de Ausencia prevista en la referida ley, hace posible que las personas desaparecidas beneficiarias de un régimen de seguridad social, derivadas de una relación de trabajo, sigan gozando de los beneficios. En el ámbito laboral también protege los derechos de los desaparecidos, ya que establece que su situación sería equivalente a contar con un permiso sin goce de sueldo.  En el supuesto de que la víctima desaparecida fuera localizada con vida, el patrón la reinstalará en su mismo puesto con todos sus derechos.

Documento completo:

*****

No hay comentarios: